PROGRAMA “ACTIVEMOS TLAQUEPAQUE “

1.Introducción
El Programa “Activemos Tlaquepaque”, tiene como prioridad la creación de espacios que promuevan la participación social de las personas en igualdad de oportunidades, a través de la integración de grupos sociales en situación de desempleo, subempleo o estudiantes, mediante la entrega de una remuneración económica temporal que se otorga en virtud del desarrollo y participación en talleres de activación física, recreación y deporte, en espacios públicos municipales ubicados en las Zonas de Atención Prioritaria (ZAP), determinados por el Consejo Municipal del Deporte del Municipio de San Pedro Tlaquepaque.

  1. Alineación al Plan Municipal de Desarrollo
    Las bases que facultan las presentes Reglas de Operación están plasmadas en los Ejes Estratégicos:

EJE 1. Calidad de vida y desarrollo humano que tiene como objetivo ampliar la cobertura de los servicios de salud, apoyar la vivienda actual y futura, y atender las necesidades de alimentación sana, suficiente y nutritiva para reducir la vulnerabilidad de la población en condiciones de pobreza, así como mejorar el acceso y la calidad de la educación, facilitar el fomento y desarrollo de la cultura, el deporte y la recreación con el fin de promover el Desarrollo Humano, integrando los criterios del Buen Vivir para todas las personas que habitan el Municipio de San Pedro Tlaquepaque.
Estrategia:
1.3. La salud como derecho de acceder a un estado de bienestar físico mental y social
1.5 Acceso efectivo a la recreación y el deporte
Líneas de acción.
1.3.3 Implementar acciones que fortalezcan la prevención, educación y participación permanente dirigidas a mejorar las condiciones de salud de los habitantes.
Estrategias:
1.5.2 Rescate y consolidación de los espacios públicos.
1.5.3 Promoción y desarrollo de actividades físicas y deportivas
EJE 3. Reactivación y Desarrollo Económico Local que tiene como objetivo promover, fomenta e impulsar el empleo digno, el desarrollo de los diversos sectores presentes en el Municipio (sector artesanal, industrial, agropecuario, comercial, de servicios, turístico, etc.) para generar las oportunidades de acceder a un empleo digno o emprender un negocio con el fin de recuperar la bse del tejido social, abatir el desempleo y combatir la desigualdad.

Estrategias:
3.2 Promoción de la integralidad del tejido económico-social.
3.3 Fomento y promoción del empleo bien remunerado con enfoque de género y desarrollo económico local.
Líneas de Acción:
3.2.3 Generar en las comunidades, acciones y procesos sostenidos de formación y capacitación de mujeres para el desarrollo de competencias básicas relacionales y laborales que posibiliten su incorporación a un trabajo remunerado, que promuevan su autonomía económica.
3.2.5 Fomento y promoción de la inclusión en el trabajo para personas con capacidades diferentes, tanto en instituciones públicas y empresas privadas del Municipio.
EJE 5. Construcción de la comunidad y seguridad ciudadana que tiene como objetivo contribuir a la construcción de la comunidad, a través de la atención a la población vulnerable, la promoción de los derechos humanos, la perspectiva de género y la seguridad ciudadana; para mejorar la seguridad y tranquilidad de las personas en San Pedro Tlaquepaque y sus bienes, mediante la implementación de acciones integrales para la disminución de los múltiples orígenes y consecuencias de las violencias, delincuencias y adicciones; aplicando preferentemente procesos de apropiación.

Estrategia
5.3 Rescate y apropiación de los Espacios
Líneas de Acción
5.3.3 Coordinación entre los sectores público, social y privado para la conservación, mantenimiento, apropiación y vigilancia de espacios públicos.
5.3.4 Promover e implementar actividades deportivas, culturales, recreativas y artísticas, como parte de las acciones de prevención social de la violencia, delincuencia y adicciones.

  1. Diagnostico
    EL INEGI presenta los resultados del Módulo de Práctica Deportiva y Ejercicio Físico (MOPRADEF) levantado en noviembre de 2020 y que permite conocer las características de la práctica de ejercicio físico de la población de 18 y más años de edad, así como las principales razones de quienes no lo practican.
    En México, 38.9% de la población de 18 años y más declaró ser activa físicamente. Es el valor más bajo observado desde 2013 que inició el levantamiento de este Módulo, aunque la disminución no es significativa estadísticamente, principalmente en comparación con los últimos años.
    Es preciso señalar que la situación de emergencia sanitaria por el COVID 19 que se ha vivido en el país desde los primeros meses del año pasado, ha promovido que la población se mantenga en aislamiento respetando las medidas de distanciamiento social sumado a las restricciones de ingreso a parques con espacios deportivos y centros deportivos públicos y privados. La mediación de noviembre del levantamiento del MOPRADEF 2020 pudo verse afectada al estar relacionada la actividad física con dichas restricciones.
    El 61.1% de la población de 18 y más años de edad declaró ser inactiva físicamente. De este grupo, 71.7% alguna vez realizó práctica físico-deportiva mientras que 28.3% nunca ha realizado ejercicio físico.
    Por sexo, 43.8% de los hombres declaró realizar deporte o ejercicio físico en tiempo libre, en tanto que para las mujeres la proporción es de 34.4 puntos porcentuales.
    Mediante dicha intervención en los espacios públicos deportivos del municipio para su mejora y conservación, se brindan oportunidades para incrementar la calidad de vida de niñas, niños , adolescentes, hombres, mujeres, personas adultas mayores y personas de grupos prioritarios (personas con discapacidad, diversidad sexual), con la participación en actividades físicas, recreativas y deportivas con seguridad humana, vinculados con el Objetivo número 3 de Desarrollo Sostenible de la OMS en su agenda 2030: Salud y Bienestar.
    Además, la Carencia de actividad física organizada en espacios deportivos del municipio que cuenten con un enfoque de formación integral para todos los sectores de la población, por eso la importancia de ampliar la oferta de actividad Física y brindar el acceso efectivo a la recreación a través de escuelas de iniciación y talleres de activación física, en las que se involucre a las niñas, niños, jóvenes, mujeres, hombres, personas adultas mayores así como a la población de los grupos prioritarios (diversidad sexual y personas con discapacidad) incrementando la calidad de vida bajo la perspectiva de igualdad.
    Aunando a lo anterior; derivado de la pandemia por el virus COVID-19 se dictaron diversas medidas, con la finalidad de evitar y contener su propagación, destacando entre ellas la determinación del cierre total de actividades no esenciales, lo que afectó negativamente a la población a causa de la reducción de manera drástica de las oportunidades de empleo.
    Resulta alarmante que el desempleo y la inseguridad laboral son problemas actuales en la sociedad, afectando directamente la calidad de vida de las personas que lo sufren, así como la familia.
    Es por ello que el presente programa pretende establecer oportunidades que aborden las problemáticas antes mencionadas, impactando en las necesidades económicas de las personas desempleadas, subempleadas y estudiantes de manera temporal con el objeto de promover, fomentar e impulsar el empleo así como fortalecer las estrategias para la promoción y difusión de las actividades físicas, recreativas y deportivas, brindando un acceso efectivo a la población, calidad de vida y el mejoramiento, conservación, rescate y consolidación de los espacios públicos deportivos del municipio de San Pedro Tlaquepaque.
  2. Glosario de términos
    Para los efectos de las presentes Reglas de Operación y de su aplicación, se entenderá y utilizará cada uno de los siguientes términos, en singular o plural, según corresponda.
    Participantes: Parte de la población objetivo que recibe los beneficios de un programa.
    Remuneración Económica: Entrega del recurso a las personas beneficiarias por su colaboración en talleres de activación física, recreación y deporte, en espacios públicos en colonias del Municipio de San Pedro Tlaquepaque.
    Junta de Gobierno: Es el máximo órgano de decisión del Programa.
    Criterios de Elegibilidad: Condiciones demográficas, socioeconómicas y geográficas que deben cumplir las personas interesadas para tener acceso a los beneficios de un programa. Estas deberán ser claras, verificables y transparentes.
    Desempleado: Persona que está en condiciones de trabajar, pero no tiene empleo o lo ha perdido.
    Subempleado: Persona que tiene la necesidad y disponibilidad de ofertar más horas de trabajo de loa que ocupación actual le permite.
    Población Objetivo: Sub conjunto de la población que presenta el problema central que el Programa atiende.
    Programa: “Activemos Tlaquepaque”
    Espacios Públicos Deportivos: Espacio Público destinados para la activación física, recreación y el deporte a cargo del Consejo Municipal del Deporte de San Pedro Tlaquepaque.
    Servidores Públicos de Confianza de Primer Nivel: Todas y todos aquellos que realicen funciones de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, manejo de fondos o valores, cuando implique la facultad legal de disponer de éstos; auditoría, control directo de adquisiciones; coordinación, cuando se trate de acciones, actividades o administración de personal de diversas áreas; supervisión cuando se trate de actividades específicamente que requieran revisión especial, a nivel de supervisores y personal especializado.
  3. Objetivos de programa
    5.1 Objetivo General
    Brindar una ocupación temporal remunerada a personas de 18 en adelante que se encuentren desempleados, subempleados y/o sean estudiantes, con la finalidad de contribuir en sus condiciones económicas, a través del desarrollo de talleres de activación física, recreación y deporte que impacten en la comunidad, para un acceso efectivo a la recreación.
    5.2 Objetivos Específicos
    a) Otorgar apoyos económicos a personas desempleadas, subempleadas y/o estudiantes por la contribución en actividades realizadas en beneficio de la comunidad, que les permita cubrir sus necesidades básicas para coadyuvar a generar mejores condiciones económicas.
    b) Ampliar la oferta de actividad física y brindar el acceso efectivo a la recreación a través de escuelas de iniciación y talleres de activación física, en la que se involucre a las niñas, niños, jóvenes, mujeres, hombres, personas adultas mayores así como a la población de los grupos prioritarios (diversidad sexual y personas con discapacidad) incrementando la calidad de vida bajo la perspectiva de igualdad.
    c) Brindar acompañamiento y orientación a las personas participantes del programa, en la vinculación a un empleo formal.
  4. Población potencial y objetivo
    6.1 Población Potencial
    Personas de 18 en adelante que se encuentren en calidad de desempleados, subempleados y/o estudiantes, de conformidad con los criterios y requisitos de elegibilidad que establecen las presentes Reglas de Operación.
    6.2 Población Objetivo
    Ciudadanos que se encuentren en calidad de desempleados, subempleados y/o estudiantes que residan en el Municipio de San Pedro Tlaquepaque o colonias aledañas, y que estén dispuestos a colaborar en talleres de activación física, recreación y deporte para el acceso efectivo a la recreación e incrementar la calidad de vida de los participantes.
  5. Presupuesto y montos máximos
    El presupuesto asignado será por un monto de $ 1’944,600.000 (un millos novecientos cuarenta y cuatro mil seiscientos pesos 00/100 M.N), para la remuneración económica durante 21 quincenas por su colaboración en talleres de activación física, recreación y deporte en colonias del Municipio de San Pedro Tlaquepaque, el número de beneficiarios será hasta agotar el techo presupuestal, en el ejercicio fiscal 2022.
  6. CoberturaEl programa tendrá cobertura en todo el Municipio de San Pedro Tlaquepaque, con preferencia en las Zonas de Atención Prioritaria (ZAP), determinadas por el Consejo Municipal de Deporte de San Pedro Tlaquepaque.
  7. Características del Apayo

Modalidad de Participación
Descripción del Perfil
Habilidades mínimas del Perfil Compensación económica por día efectivo participado en el programa

Brigadista para el Programa Vía RecreActiva Persona Encargada de realizar actividades en el Programa Vía RecreActiva los día Sábados y domingos en horario de 8:00 a 14:00 hrs. Experiencia de trabajo en campo, manejo de personal, colaboración en equipo y saber andar en bicicleta

$ 300.00

Brigadista Promotor Deportivo 1 Persona encargada de realizar talleres de activación física, recreación y deporte, en jornadas de 4 hrs. por día de lunes a viernes
Experiencia en manejo de grupos, desarrollo de actividades físicas, recreativas o deportivas

$ 200.00

Brigadista Promotor Deportivo 2 Persona encargada de realizar talleres de activación física, recreación y deporte, en jornadas de 5 horas por día de lunes a viernes
Experiencia en manejo de grupos desarrollo de actividades físicas , recreativas o deportivas

$ 250.00

Coordinador de Bridaga Persona encargada de coordinar y supervisar las actividades asignadas a los brigadista, así como los encargados de evaluar y retroalimentar su trabajo

Expreriencia de trabao en campo, manejo de personal y colaboración en equipo

$350.00
La entrega de la remuneración económica será de manera quincenal durante el tiempo de duración de los talleres de activación física, recreación y deporte en las colonias del Municipio de San Pedro Tlaquepaque.
Las personas brigadista desarrollarán las actividades por un número de días y horas según corresponda a la modalidad de participación.
Los coordinadores de brigada desarrollarán las actividades por un máximo de 30 horas semanales, estableciendo una duración de hasta 6 horas diarias, según lo disponga el Consejo Municipal del Deporte.
Las personas participantes en ningún caso podrán generar relación laboral o contractual alguna hacia el Municipio de San Pedro Tlaquepaque.

  1. Selección de las personas participantes.
    Criterios de elegibilidad
    Ser mayor de edad
    Ser desempleado, subempleado o estudiante con interés y potencial para desarrollar un taller de activación, Física, recreación o deporte.
    Acudir personalmente y presentar la documentación completa que la convocatoria determine.
    No estar desempeñando cargo alguno en el servicio público municipal, estatal o federal.
    No ser beneficiario simultáneamente de un programa similar de carácter estatal o federal.
    No se familiar directo de un servidor público de confianza de primer nivel del Gobierno de San Pedro Tlaquepaque.
    Haber completado la documentación requerida.

Serán seleccionadas las personas participantes que mejor convengan al Consejo Municipal del Deporte por su experiencia y/o por el espacio geográfico que pretendan activar dando prioridad las Zonas de atención Prioritaria (ZAP) y del cumplimiento de los criterios de elegibilidad.

Documentos

Los solicitantes deberán presentar los siguientes documentos en original y una copia:
INE Vigente
Comprobante de domicilio que podrá ser el recibo de luz, teléfono, internet, cable, estado de cuenta, agua o predial, no mayor a 3 meses de antigüedad.
Acreditar su identidad mediante su CURP.

Llenar la solicitud del Registro y Carta de Compromiso, mismas que se encontrarán disponibles en las oficinas del Consejo Municipal del Deporte de San Pedro Tlaquepaque.

No se admiten las solicitudes que no cuenten con los documentos requeridos.

Los documentos originales solo serán utilizados para cotejar la información y serán devueltos en el momento.

Todos los documentos deberán ser entregados, personalmente en las oficinas del Consejo Municipal del Deporte con domicilio en Diego Rivera No. 7 Colonia Lomas de Tlaquepaque en un horario de 9:00 a 15:00 hrs. De lunes a viernes, teléfonos 35627087/88

  1. Convocatoria

El Gobierno Municipal de San Pedro Tlaquepaque a través del Consejo Municipal del Deporte, tendrá hasta 30 días a partir de la publicación de las presentes Reglas de Operación para publicar las bases de la convocatoria a través de su página de internet, con la siguiente leyenda:
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y algunos de sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido su uso con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos en el propio programa”

En el ejercicio fiscal 2022 este programa estará sujeto a una convocatoria

Este programa inicia un día posterior a la aprobación de las presentes Reglas de Operación por la Junta de Gobierno del Consejo Municipal del Deporte, por el periodo que abarque el ejercicio fiscal 2022 o hasta agotar el techo presupuestal.

  1. Procedimiento para la entrega de la remuneración económica.

Las personas participantes deberán estar registradas e incorporadas en la padrón de personas beneficiarias del programa.
Las personas participantes deberán acreditar a través de listas de asistencia diaria su participación efectiva en el programa.
Las personas participantes deberán contar con INE vigente.
Las personas participantes deberán acudir en la hora, fecha y lugar que indique el Consejo Municipal del Deporte para recoger su remuneración económica.

  1. Derechos y obligaciones de los beneficiarios.
    Derechos
    Recibir los beneficiarios señalados en las presentes Reglas de Operación.
    Que se les resuelvan sus dudas, preguntas o comentarios y que puedan expresar sus opiniones y recomendaciones sobre el programa.
    Recibir información sobre las oportunidades del empleo ofertadas por el Consejo Municipal del Deporte.
    Recibir un trato digno de las y los servidores públicos que le atienden.
    Contar con la seguridad sobre la Reserva y privacidad de su información personal conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.

Obligaciones.
Proporcionar información verídica y presentar la documentación completa que las Reglas de Operación determinen, así como firmar la documentación requerida.
Asistir puntualmente a todas las reuniones a las que sean convocadas por parte del Consejo Municipal del Deporte de San Pedro Tlaquepaque.
Realizar y cumplir con todas las horas y actividades establecidas.
Proporcionar y firmar la documentación requerida (Solicitud de Registro y Carta Compromiso), bajo protesta de decir verdad.
Permitir que en todo momento el personal debidamente identificado del Consejo Municipal del Deporte pueda verificar la veracidad de la información proporcionada por los solicitantes y participantes.
Firmar diariamente las listas de asistencia que acreditan la participación en el desarrollo de sus actividades.
Cuidar y mantener en buen estado los espacios públicos asignados, así como el material proporcionado, siendo responsabilidad exclusiva y personal la pérdida o robo ocasionado por su descuido, dolo o negligencia.
Portar diariamente y limpio el uniforme otorgado única y exclusivamente durante el desarrollo de sus actividades asignadas.
Atender las indicaciones del Consejo Municipal del Deporte.
Firmar la recepción de todas las remuneraciones otorgadas durante la duración del programa.

  1. Motivos para dar de baja a las personas participantes.

El Consejo Municipal del Deporte vigilará el cabal cumplimiento de las obligaciones establecidas en las presentes Reglas de Operación, para deslindar o determinar responsabilidades y bajas del Programa, mismas que serán propuestas y aprobadas por el Consejo Municipal del Deporte correspondiente. Por lo que serán causales de baja de las personas participantes cuando incurran en alguno de los siguientes supuestos:

Proporcionar datos o documentos falsos.
No acudir a desarrollar las actividades del programa en dos ocasiones o más que se acumulen durante la quincena.
Presentarse a desarrollar las actividades con más de quince minutos de retardo en 3 ocasiones en el transcurso de la quincena.
Presentarse a desarrollar las actividades en estado de ebriedad o bajo el influjo de sustancias prohibidas.
Presentar conductas violentas (agresión física o verbal) contra personas u objetos; como golpes, insultos, críticas, ironías, amenazas, entre otras.
No presentar la documentación de seguimiento requerida (listas de asistencia, reportes e imágenes de evidencia) en tiempo y forma.
Cualquier otra que determine el Consejo Municipal del Deporte durante el proceso de ejecución del programa.

  1. Comité Técnico de Valoración

El Comité Técnico de Valoración estará integrado por:
Director General del Consejo Municipal del Deporte de San Pedro Tlaquepaque.
Contadora del Consejo Municipal del Deporte de San Pedro Tlaquepaque.
Director Administrativo del Consejo Municipal del Deporte; y
Director Técnico Deportivo del Consejo Municipal del Deporte.

El Comité Técnico de Valoración deberá instalarse a más tardar a los 30 días naturales posteriores a la aprobación por la Junta de Gobierno del Consejo Municipal del Deporte de las presentes Reglas de Operación, reunidos por convocatoria escrita a cargo del Director General del Consejo Municipal del Deporte, notificándoles a los integrantes con un plazo de 48 horas previas a cada reunión. Los acuerdos que se tomen durante las sesiones serán aprobados con la mayoría simple de votos.

Estos integrantes contarán con derecho a voz y voto, sesionarán de manera ordinaria una vez por trimestre, y de manera extraordinaria, las veces que sea necesario, en razón a la necesidad de atender y resolver los asuntos inherentes al Programa. Se constituye quórum para sesionar cuando se cuente con la asistencia de al menos el 50% más uno de los miembros de dicho Comité.

El Director General del Consejo Municipal del Deporte de San Pedro Tlaquepaque será el encargado bajo sus áreas auxiliares de levantar un acta que integre de forma pormenorizada la participación de los integrantes del Comité Técnico, así como los acuerdos a que se haya llegado.

  1. Las atribuciones del Comité Técnico de Valoración son las siguientes:

Evaluar y analizar los datos proporcionados por el Consejo Municipal del Deporte.
Aprobar los padrones, tanto de altas, como de bajas de las personas beneficiarias.
Vigilar la correcta aplicación y administración del programa, de acuerdo a las Reglas de Operación.
Proponer iniciativas de mejora para el programa y las personas beneficiarias.
Dictaminar casos extraordinarios de las personas beneficiarias y del programa que no estén contemplados en las Reglas de Operación.
Cualquier situación no prevista en las presentes Reglas de Operación, estarán sujetas al análisis y aprobación del mismo.

Por su parte, el Consejo Municipal del Deporte de San Pedro Tlaquepaque, bajo sus áreas auxiliares deberá:

Emitir y difundir la convocatoria, de acuerdo a lo establecido en las presentes Reglas de Operación.
Elaborar y publicar el padrón de personas beneficiarias de acuerdo a los criterios de elegibilidad y presentarlo ante el Comité Técnico de Valoración.
Gestionar por escrito, la liberación del recurso que se requiera para la operación del programa ante el despacho contable del Consejo Municipal del Deporte.
Generar análisis de datos
Sesionar para resolver casos especiales con las personas beneficiarias.
Convocar y organizar al Comité Técnico de Valoración para reunirse periódicamente.
Las demás que así convengan al Comité Técnico de Valoración.

  1. Resguardo de expedientes

Es responsabilidad del Consejo Municipal del Deporte el Resguardar físicamente todos los expedientes.

  1. Evaluación y difusión de resultados.

La Dirección Técnico Deportiva del Consejo Municipal del Deporte, será la instancia responsable de realizar la evaluación, supervisión, verificación y seguimiento de lo previsto en las presentes Reglas de Operación.
Con la finalidad de valorar el impacto, calidad y transparencia del Programa, presentara de manera trimestral la Dirección Técnico Deportiva un reporte del Impacto social del Programa.
Evaluación de Transparencia: de forma permanente se podrá valorar la transparencia en la operación del Programa, revisión de proceso de inscripción, seguimiento de políticas y publicación del padrón de personas beneficiarias.

  1. Indicadores

Los indicadores con los que se medirán los avances del presente programa son:
Número de personas impactadas; y
Numero de talleres y escuelas de activación física y deporte realizadas.

  1. Transparencia

Difusión
Las presentes Reglas de Operación estarán disponibles en el portal web del Consejo Municipal del Deporte de San Pedro Tlaquepaque www.comudetlaquepaque.com
Padrón de personas beneficiarias
El padrón de personas beneficiarias es una base de datos que contienen la información de las personas que integran el programa, serán publicados en el apartado de Transparencia del portal web del Consejo Municipal del Deporte de San Pedro Tlaquepaque www.comudetlaquepaque.com, conforme lo estipula la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.

  1. Procedimiento para quejas, denuncias, incidencias, inconformidad de personas beneficiarias y ciudadanos.

En caso de existir quejas del programa, deberán acudir a las instalaciones del Consejo Municipal del Deporte y entregar por escrito la descripción de la queja, denuncia e inconformidad, con un horario de atención de 9:00 a 15:00 horas de lunes a viernes en Diego Rivera No.7, Colonia Lomas de Tlaquepaque.

  1. Fiscalización y Rendición de Cuentas

La Contraloría Ciudadana en ejercicio de sus facultades, podrá verificar, en cualquier momento que los apoyos se otorguen de acuerdo a lo establecido en este ordenamiento y/o en otras disposiciones aplicables.

La Contraloría Ciudadana podrá realizar las visitas e inspecciones que estime pertinentes a las Coordinaciones y personas Beneficiarios e igualmente podrá solicitar todos los datos e informes relacionados con los datos de que se trate.

El Incumplimiento a este ordenamiento será sujeto a la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

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